Javier Milei firmó dos decretos que autorizan la intervención de las Fuerzas Armadas en ciertos territorios e intervenir contra el narcotráfico. Bajo qué supuestos podrán detener a delincuentes
El plan del Gobierno para resguardar “objetivos estratégicos” con los militares: qué lugares podría custodiar
Finalmente, y luego de analizar en profundidad la medida, el Gobierno firmó dos decretos que autorizan a las Fuerzas Armadas a actuar contra organizaciones terroristas y narcotraficantes, cómo así también a custodiar lugares vitales para el orden del país e incluso, en algunos supuestos, detener a personas que estén cometiendo delitos.
El ministro de Defensa, Luis Petri, venía trabajando en esta medida en conjunto con su par de Seguridad, Patricia Bullrich, en el marco del plan de la actual gestión del presidente Javier Milei de darle un rol más preponderante al sector militar.
Puntualmente, lo que se buscó con esta iniciativa fue cambiar el poco margen de acción que las FFAA tienen para pasar a considerar como amenazas diferentes formas de agresión que exceden a los simples ataques por parte de otros Estados.
La decisión de avanzar en este sentido fue una de las razones por las cuales se desplazó a quien hasta hace algunas semanas era el Comandante Operacional del Estado Mayor Conjunto, Jorge Berredo, que se opuso al cambio de paradigma impulsado por esta administración y terminó renunciando en medio de una polémica denuncia de extorsión contra sus colegas.
La decisión lleva la firma de los ministros de Seguridad, Patricia Bullrich, y de Defensa, Luis Petri
Desde el atentado a las Torres Gemelas de Nueva York ocurrido en septiembre del 2001, varios países modificaron sus reglamentos internos para adaptarse a las nuevas formas de agresiones externas.
El jueves último, Milei, Petri y Bullrich firmaron el Decreto 1107/2024, a partir del cual se especificó el término “Objetivos de Valor Estratégico” contemplados en la Ley N° 23.554 y que pueden ser custodiados por los militares.
Las autoridades nacionales detallaron en el texto que debe entenderse como tal a ”cualquier bien, instalación o conjunto de instalaciones fijas y las entidades materiales de vital importancia para el Estado Nacional que, en caso de ser dañados parcialmente o destruidos, ocasionarían graves perjuicios a la vida y bienestar de los habitantes del país, a su economía, al ambiente o a la propia Seguridad de la Nación, limitando, posponiendo o impidiendo su desarrollo».
De esta manera, según precisaron fuentes al tanto de la iniciativa, se permitiría la presencia de miembros de las Fuerzas Armadas en las centrales nucleares de Atucha I y II, ubicadas sobre el margen derecho del río Paraná de las Palmas, en el partido bonaerense de Zárate, o la de Embalse, en la ciudad cordobesa de Río Tercero.
Además, podría solicitarse la presencia del Ejército en determinadas represas hidroeléctricas, que abastecen con energía a amplias zonas del país, o incluso en edificios institucionalmente importantes, como el Congreso o la Casa Rosada, si así lo considera el Gobierno.
Los «Objetivos de Valor Estratégico» serán definidos por el Gobierno (REUTERS/Adriano Machado)
Sin embargo, por el momento los sitios a ser custodiados no fueron especificados y, según indica el mencionado Decreto, será el Presidente, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, o los Ministros de Defensa y de Seguridad, los que determinarán qué lugares requieren ese tipo de protección.
Las fuentes especializadas en el asunto señalaron que la protección en esos lugares dependerá de los riesgos que haya a su seguridad, por lo que “probablemente con una vigilancia del espacio aéreo sea suficiente”.
Por otra parte, un día más tarde, las autoridades nacionales publicaron otro Decreto, el 1112/24, que modificó la reglamentación de la ley de Defensa.
De esta manera, se habilitó a las FFAA a accionar “en forma disuasiva ante amenazas, o efectiva contra agresiones” por parte de “eventuales oponentes que, teniendo la capacidad, muestran la intención o dan indicios de la probable concreción de perjuicios en contra de los intereses vitales de la Nación”.
Además de incluir como posibles enemigos a “Fuerzas Armadas u organismos paraestatales extranjeros, de organizaciones terroristas u otras organizaciones transnacionales, o cualquier forma de agresión externa que sea incompatible con la Carta de las Naciones Unidas”, se les permite a los militares defenderse e incluso apresar a criminales, bajo determinados supuestos”.
”Durante la ejecución de las operaciones militares, actividades de adiestramiento operacional u otras tareas a los fines del servicio, los miembros de las Fuerzas Armadas se proporcionarán su propia seguridad y protección, repeliendo las agresiones que pongan en riesgo la vida del personal o afecten gravemente el material y equipo necesarios para la Defensa Nacional. Lo podrán hacer en toda instalación militar, durante el desplazamiento, o en los lugares donde se desarrollen dichas actividades, ya sea en forma permanente, transitoria o circunstancial”, señala el texto
Además, se aclara que, “en los supuestos mencionados, podrán proceder a la aprehensión transitoria de personas que se encuentren cometiendo delitos en flagrancia”.
Tal como contó Infobae meses atrás, el Gobierno trabaja en paralelo con la reforma de la ley de Seguridad Interior, que les permitiría a los cuerpos militares realizar actividades más amplias que las ya mencionadas, principalmente orientadas a terminar con el narcotráfico.